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Visas E-1/E-2s

Visas E-1/E-2

La visa de Inversores del Tratado E-2 (E2) es una visa de no inmigrante para ciertos nacionales de países con los que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación. La visa E2 está disponible para inversionistas y para empleados de inversionistas de tratados E2 o compañías que, en virtud de su propiedad y operaciones en los Estados Unidos, pueden calificar como peticionarios E2. Este artículo proporcionará una breve descripción de la categoría de visa E2.

Elegibilidad para una visa E2

Los requisitos de elegibilidad para una visa E2 como inversor en un tratado y una visa E2 como empleado de un inversor en un tratado E2 son ligeramente diferentes. Sin embargo, en ambos casos, el solicitante extranjero debe ser nacional de un país tratado con E2.

Requisitos de elegibilidad para inversores

Las regulaciones del Departamento de Estado (DOS) requieren que el solicitante de una visa E2 como inversionista cumpla con los siguientes requisitos:

– (i) ha invertido o está activamente en el proceso de invertir una cantidad sustancial de capital en una empresa de buena fe en los Estados Unidos, a diferencia de una cantidad relativamente pequeña de capital en una empresa marginal con el único fin de ganarse la vida ; y

– (ii) busca ingresar a los Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa; y

– (iii) Tiene la intención de salir de los Estados Unidos tras la terminación del estado E2.

Para que una inversión califique, el solicitante debe colocar su capital «en riesgo en el sentido comercial con el objetivo de generar una ganancia». Esta regulación impide que las organizaciones sin fines de lucro califiquen. La inversión debe ser «sustancial» en relación con el tamaño de la empresa comercial y para demostrar el compromiso del inversor con la empresa. La empresa debe ser una «empresa de buena fe» que es una empresa comercial o empresarial real y activa que produce un servicio o producto con fines de lucro.

El «requisito de desarrollo y directo» generalmente lo satisface el inversionista que demuestra que controla al menos el 50% de la empresa. Es posible satisfacer el requisito con menos del 50% de propiedad, pero esto requiere evidencia sustancial que demuestre que a pesar de no tener un estado de propiedad controladora, el inversor tendrá la capacidad de desarrollar y dirigir la empresa.

La categoría de visa E2 permite la doble intención. En general, la intención inequívoca de un solicitante de partir tras la finalización del estado de la visa E2 satisfará a los funcionarios consulares. Un solicitante puede obtener o renovar una visa E2 incluso si es el beneficiario de una solicitud de certificación laboral aprobada.

Requisitos de elegibilidad para empleados de inversores de tratados

Primero, el extranjero debe ser empleado de un inversionista del tratado y ser de la misma nacionalidad que el inversionista del tratado. De acuerdo con las regulaciones de DOS, [9] lo siguiente puede calificar como empleadores de un empleado E2:

– (i) Una persona que tiene la nacionalidad de un país del tratado, que mantiene el estatus de inversionista del tratado si se encuentra en los Estados Unidos, o, si no es en los Estados Unidos, que sería clasificable como inversionista del tratado; o

– (ii) Una organización que posea al menos el 50% de personas que tengan la nacionalidad del país del tratado y que mantengan la condición de inversionista no inmigrante del tratado si reside en los Estados Unidos o, si no reside en los Estados Unidos, sería clasificable como inversionista del tratado .

Si el empleador se encuentra en los Estados Unidos, él o ella debe estar en el estado E2 como inversionista del tratado. Si el empleador se encuentra fuera de los Estados Unidos, debe ser clasificado como inversionista del tratado E2. La participación en la propiedad de un residente legal permanente (LPR) o ciudadano estadounidense no puede contarse, incluso si el LPR o ciudadano estadounidense es nacional de un país tratado.

Si la empresa E2 es propiedad de 50/50 por nacionales de dos países del tratado, el empleado de E2 puede ser nacional de cualquiera de los países del tratado.

Siempre que el extranjero sea nacional del mismo país que un empleador E2 calificado, debe intentar ingresar a los Estados Unidos para trabajar para la empresa del tratado en:

– Carácter ejecutivo y de supervisión; o

– Calificación especial / Capacidad esencial del empleado.

El empleo en la «tienda de trabajo», donde la empresa del tratado le pagaría al empleado de E2 para trabajar en otra compañía de los EE. UU., Está estrictamente prohibido bajo el estado E2.

Tal como es el caso de las personas que solicitan visas E2 como inversionistas del tratado, la «intención de partir» puede establecerse incluso si el empleado es el beneficiario de una solicitud de visa de inmigrante.

Proceso de solicitud

Una persona que solicita un cambio al estado E debe presentar un Formulario I-129 junto con un Suplemento E. Una persona que solicite una visa E desde una oficina consular en el extranjero debe presentar una solicitud de visa DS-160 junto con un formulario complementario DS-156E. El período de validez de una visa E dependerá del país del tratado específico, pero será, en la mayoría de los casos, de 5 años.

Admisión en estado E

Una persona puede ser admitida por un período inicial de hasta 2 años con el estatus E. Antes del vencimiento de 2 años, un inversionista o empleado de un tratado E2 puede presentar un Formulario I-129 con Suplemento E para solicitar una extensión de estadía, que, si se otorga, puede otorgarse por un máximo de 2 años. Siempre que el titular de la visa E2 continúe cumpliendo con todos los requisitos de elegibilidad de E2, no hay límite para la cantidad de extensiones del estado E.

Los titulares de la visa E2 solo pueden participar en un empleo que sea consistente con el propósito para el que se aprobó la visa E2. Los empleados E2 pueden realizar trabajos para una empresa matriz o subsidiaria de su empleador E2 siempre que la relación calificada existiera en la última aprobación de la visa E2, el trabajo requiere un puesto de ejecutivo, supervisor o habilidad esencial, y el trabajo es consistente con el trabajo para el que el empleado E2 obtuvo una visa E2. Sin embargo, se debe tener precaución y, en el caso de un cambio sustancial en el empleo, se requiere un Formulario I-129 enmendado con un nuevo Suplemento E para mantener el estado E.

Si alguna vez hay dudas para un inversionista de tratado E2 o un empleado de E2 sobre si se necesita una petición enmendada, se puede presentar un Formulario I-129 con tarifa junto con una descripción completa del cambio para solicitar asesoramiento de Ciudadanía de los Estados Unidos y Servicios de Inmigración (USCIS) sobre si se necesita una petición enmendada.

Miembros de la familia E2 derivados

Los cónyuges e hijos de los titulares de la visa E2 que de otro modo son admisibles son elegibles para visas E2 derivadas. Un derivado E2 podrá ser admitido por la misma duración que el principal (mientras subsista la relación habilitante). Aunque las visas E2 derivadas no autorizan el empleo incidentalmente al estatus, un cónyuge E2 puede solicitar una autorización de empleo. Los niños derivados de E2 no pueden obtener autorización de empleo, pero pueden asistir a la escuela mientras tengan el estado E2.

Conclusión

La visa E2 es una opción fuerte para aquellos que son elegibles en parte porque no hay limitaciones en la cantidad de extensiones de estadía que puede obtener un titular de la visa E2.

Sin embargo, la visa E2 no es la mejor opción para todos. Aquellos que buscan invertir en una empresa estadounidense deben discutir todas sus opciones con un abogado de inmigración con experiencia en asuntos de inmigración de inversiones para determinar si la visa E2 es la mejor opción para cumplir con sus objetivos de inversión.

Las personas que buscan emplear a una persona deben consultar con un abogado de inmigración con experiencia para considerar todas las opciones disponibles. En algunos casos, una visa de trabajo de no inmigrante diferente, o incluso una visa de trabajo de inmigrante, puede ser más apropiada.