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Visas L-1A y L-1B

Las visas L-1A y L-1B están disponibles para personas transferidas temporalmente dentro de la empresa que trabajan en puestos gerenciales o tienen conocimientos especializados.

Elegibilidad

Las visas L-1A y L-1B se pueden emitir cuando un empleador presenta una petición para obtener autorización para que los empleados calificados puedan trabajar y vivir en los Estados Unidos.

  • La visa L-1A es para personas transferidas dentro de la empresa que trabajan en puestos gerenciales o ejecutivos en una empresa ubicada fuera de los Estados Unidos.
  • La visa L-1B es para personas transferidas dentro de la empresa que trabajan en puestos que requieren conocimientos especializados

Establecimiento de nuevas oficinas

  • Los empleadores extranjeros que buscan enviar a un empleado a los Estados Unidos como ejecutivo o gerente para establecer una nueva oficina deben mostrar:
    Tienen una ubicación física para la nueva oficina;
  • El empleado ha sido empleado como ejecutivo o gerente durante un año continuo en los tres años anteriores a la presentación de la petición; y
  • La nueva oficina apoyará un puesto ejecutivo o gerencial dentro de un año de la aprobación de la petición.

Clasificación L-1A

La clasificación de no inmigrante L-1A permite que un empleador estadounidense transfiera a un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en los Estados Unidos. Esta clasificación también permite que una empresa extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los EE. UU. envíe un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de establecer una.

Para calificar, debe:

  • Generalmente ha estado trabajando para una organización calificada en el extranjero durante un año continuo dentro de los tres años inmediatamente anteriores a su admisión a los Estados Unidos; y
  • Estar buscando ingresar a los Estados Unidos para prestar servicios en una capacidad ejecutiva o gerencial para una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones calificadas.

La capacidad ejecutiva generalmente se refiere a su capacidad para tomar una amplia gama de decisiones sin mucha supervisión.

La capacidad gerencial generalmente se refiere a su capacidad para supervisar y controlar el trabajo de empleados profesionales y para administrar la organización, o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización. También puede referirse a su capacidad para administrar una función esencial de la organización a un alto nivel, sin la supervisión directa de otros.
Su empleador también debe cumplir con los requisitos generales.

Clasificación L-1B

La clasificación de no inmigrante L-1B permite que un empleador estadounidense transfiera a un empleado profesional con conocimientos especializados relacionados con los intereses de la organización de una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en los Estados Unidos. Esta clasificación también permite que una empresa extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los EE. UU. envíe a un empleado con conocimientos especializados a los Estados Unidos para ayudar a establecer una.

Para calificar, debe:

  • Generalmente ha estado trabajando para una organización calificada en el extranjero durante un año continuo dentro de los tres años inmediatamente anteriores a su admisión a los Estados Unidos; y
  • Estar buscando ingresar a los Estados Unidos para brindar servicios en una capacidad de conocimiento especializado a una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones calificadas.

Conocimiento especializado significa el conocimiento que tiene sobre el producto, el servicio, la investigación, el equipo, las técnicas, la gestión u otros intereses de la organización solicitante y su aplicación en los mercados internacionales, o un nivel avanzado de conocimiento o experiencia en los procesos y procedimientos de la organización.

Su empleador también debe cumplir con los requisitos generales.

Para obtener más información sobre visas L-1A y L-1B, comuníquese con Cella & Associates, LLC, Attorneys At Law, y programe una consulta confidencial en persona, Zoom, WhatsApp o telefónica al (877)583-7080, www.CellaLaw.com.